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Informe sobre muerte de buzo en isla Lemuy |
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Una acuciosa investigación llevaron a cabo una serie de entes fiscalizadores, ello para establecer las causas que detonaron el deceso de un buzo en el centro de cultivo Puchilco de la Isla Lemuy, perteneciente a la empresa Marine Harvest. El hecho se produjo el 22 de agosto y costó la vida del ancuditano, Pedro Pablo Alvarado.
En relación al accidente investigado con causa de muerte del buzo: Sr Pedro Pablo Alvarado Antiñanco se concluye lo siguiente en relación a la revisión documental y entrevistas de los involucrados en la situación de hecho que se conjugaron una serie de factores que provocaron la muerte del trabajador:
1) Desperfecto en los equipos (manguera umbilical) que si bien, están autorizadas por la Autoridad Marítima, presentan deficiencias que en este caso, impidieron el normal abastecimiento de aire al buzo. 2) No se respetaron las normas básicas consignadas en la Autorización de Faena en al menos dos disposiciones: a) El buzo accidentado fue nominado buzo de emergencia , sin embargo el supervisor permite que el Sr. Pedro Alvarado realice la faena programada, no impone su autoridad. b) El buzo de emergencia no se encontraba equipado en el momento que surge la maniobra de rescate: que era a llevar a superficie al buzo al quedar enredado en una malla, ahí se determinó que había que bajar con botella auxiliar de aire, pero según algunas declaraciones tardó unos cinco minutos en equiparse. Tiempo que pudo hacer la diferencia entre la vida y la muerte.
3) Se otorga autorización de la faena de buceo por parte del Técnico y en su efecto, también del Jefe de Centro sin haber verificado el cumplimiento de las normas de seguridad de la faena, por ejemplo: a) Haber verificado el cumplimiento de la disposición de la autorización de faena donde se modificó la designación del buzo de emergencia. b) Permitir el desarrollo de faena estando el Puerto cerrado, lo que no sólo pone en riesgo la faena propiamente tal, sino un eventual plan de contingencia y evacuación en embarcaciones de posibles accidentados.
4) Se puede inferir que el buzo fallecido no tenía suficiente capacitación en la operación del equipo semiautónomo mediano. 5) La empresa Asserma no demuestra una preocupación preferencial por la seguridad y capacitación de sus trabajadores según los siguientes argumentos: a) No tener constituido el Comité Paritario. b) El Derecho a saber distribuido a su personal no contempla los métodos de trabajo correcto y no se definió la implementación de este equipo semiautónomo mediano para buzos intermedios. (36m). c) No tener al día el Reglamento interno. d) La postergación en varias oportunidades de la capacitación de curso de seguridad con la ACHS, por cumplimiento de las faenas impostergables . e) La existencia de un supervisor para once buzos, debiendo ser como máximo ocho buzos.
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