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Rechazan recursos de queja presentados por salmoneras y reafirma fallos favorables a Sernapesca Imprimir E-Mail

Dos sentencias con fundamentos muy similares dictó en el curso de las dos últimas semanas el máximo tribunal del país en materias relacionadas con la labor fiscalizadora del Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca).  MundoAcuícola.cl, 30 de julio de 2010.

En ambos fallos, la Corte Suprema rechazó recursos de queja presentados por empresas acuícolas que fueron sancionadas por incumplimientos a la Ley General de Pesca y Acuicultura.

En el caso de la empresa Holding and Trading S.A., la Corte de Apelaciones de Puerto Montt había revocado un fallo inicial del Juzgado de Letras de Castro (que absolvió de responsabilidades a la empresa) y junto con ello, resolvió el pago de una multa a beneficio fiscal “por ser autor de la infracción consistente en el desembarco de mortalidad de peces en puerto distinto del autorizado”.

Los abogados de la empresa consideraron que los ministros de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt se habían excedido en el uso de sus atribuciones al sancionar a la salmonera, por lo cual recurrieron de queja ante la Corte Suprema, de manera similar a lo que intentó la empresa Salmones Pacific Star a principios de junio.

Sin embargo, la Corte Suprema rechazó el recurso de queja, respaldando la sentencia previa de la Corte de Apelaciones puertomontina, al considerar que sus ministros habían “consignado los razonamientos e interpretaciones que conforme a las reglas de la sana crítica, sostienen su decisión de revocar la sentencia de primera instancia, que había absuelto a la Sociedad Holding and Trading S.A”.

Además, el fallo de la Suprema indica que “no se advierte circunstancia o elemento alguno que permita a esta Corte hacer uso de sus facultades privativas para actuar de oficio”, por lo que resuelve finalmente rechazar el recurso de queja.

Así lo explicó el abogado de la Dirección Regional de Sernapesca de Los Lagos, Martín Plencovich, encargado de defender la causa en la Corte Suprema, y quien agregó también que con este fallo “queda a firme la validez y obligatoriedad de los certificados sanitarios de movimiento que extiende el Servicio, en los que se fija el zarpe, ruta y recalado de un barco, entre otras materias, en el transporte de recursos hidrobiológicos desde un centro de cultivo”.

Plencovich informó además, que el 22 de julio, la Corte Suprema emitió un fallo muy similar al anterior, esta vez contra la Pesquera Los Fiordos, que también había presentado un recurso de queja contra la señalada Corte de Apelaciones, el que igualmente fue rechazado por la Corte Suprema.

La Jefa del Departamento Jurídico de Sernapesca, Ana María Ramírez, señaló que “la Excelentísima Corte Suprema ha sentado jurisprudencia sobre el particular, la cual constituye una importante fuente del derecho que reconoce la obligatoriedad de los agentes del sector en el cumplimiento de las resoluciones que dicta en estas materias el Director Nacional del Sernapesca”.
 
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